El portal de notificación del BSI
Una plataforma, dos obligaciones de NIS 2: el registro inicial como entidad y la notificación de incidentes significativos. Acceso mediante el certificado de organización ELSTER.
Qué es
El portal del BSI es donde convergen dos de sus obligaciones de NIS 2 más importantes. El registro inicial como entidad por un lado, la notificación de incidentes significativos por el otro. Ambas vías terminan tras el mismo inicio de sesión.
Los deberes provienen de los §32 y §33 BSIG. El §33 dice: tres meses para el registro desde el momento en que entra en el ámbito de NIS 2. El §32 dice: en un incidente significativo, cuatro fases de notificación con plazos estrictos, 24 horas de alerta temprana, 72 horas de seguimiento, informe intermedio a solicitud del CSIRT, informe final en el plazo de un mes. Ambos relojes empiezan al tener conocimiento, no al producirse el daño.
El escollo más habitual no es el portal en sí, sino el acceso a él. Necesita un certificado de organización ELSTER. Llega por correo postal en dos cartas, la carta del certificado más el PIN, con un tiempo de tramitación de dos a tres semanas en la práctica. Si apura el plazo de tres meses del §33 BSIG e inicia la solicitud de ELSTER en paralelo, tendrá un problema de tiempos.
§32 BSIG (deberes de notificación) + Art. 23 NIS 2
Las entidades esenciales e importantes notificarán a la Oficina Federal los incidentes de seguridad significativos sin demora indebida, a más tardar en un plazo de 24 horas desde que tengan conocimiento, a través del punto único de notificación.
El punto único de notificación es el portal del BSI. El deber se aplica a todas las entidades esenciales e importantes, con independencia del sector o el tamaño dentro de los umbrales de NIS 2. El reloj empieza al tener conocimiento, no al producirse el daño.
§33 BSIG (deber de registro) + Art. 27 NIS 2
Las entidades esenciales e importantes se registrarán ante la Oficina Federal en un plazo de tres meses desde que cumplan por primera vez las condiciones. Los cambios deberán notificarse en un plazo de dos semanas.
El plazo de tres meses se aplica al primer registro. El plazo de dos semanas conforme al §33(5) BSIG se aplica a cualquier cambio posterior (persona de contacto, sector, actividad). Ambos pasos se realizan a través del portal.
Registro inicial
Conforme al §33 BSIG: datos maestros, sector, persona de contacto, ámbito de actividad, clase de tamaño. Tres meses desde el momento en que entra por primera vez en el ámbito de NIS 2.
Alerta temprana, 24 horas
Conforme al §32 BSIG y al Art. 23(4)(a) NIS 2: notificación inicial que indique la sospecha de una causa ilícita o malintencionada y el impacto transfronterizo. Esos son los únicos elementos de contenido que la directiva nombra explícitamente para la alerta temprana de 24 h.
Notificación, 72 horas
Conforme al §32 BSIG y al Art. 23(4)(b) NIS 2: evaluación inicial de la gravedad y el impacto, indicadores de compromiso cuando estén disponibles. El reloj de las 72 h corre desde el conocimiento, no desde la marca de las 24 h.
Informe intermedio a solicitud
Conforme al §32 BSIG y al Art. 23(4)(c) NIS 2: únicamente a solicitud del CSIRT o de la autoridad competente. No presenta el informe intermedio por iniciativa propia.
Informe final, 1 mes
Conforme al §32 BSIG y al Art. 23(4)(d) NIS 2: descripción detallada, causa, medidas de mitigación, impacto transfronterizo. Plazo de un mes desde la notificación de seguimiento de las 72 h.
Actualización de datos en un plazo de 2 semanas
Conforme al §33(5) BSIG y al Art. 27(2) NIS 2: dos semanas para actualizar los datos de registro. El desencadenante más habitual es un cambio de personal en la persona de contacto.
Acceso a alertas e informes de situación
El portal también agrupa las publicaciones del BSI, las alertas y los informes de situación sectoriales. Útil cuando ya ha iniciado sesión de todos modos.
La solicitud se tramita a través de Mein Unternehmenskonto en mein-unternehmenskonto.de. Requisito previo: un número fiscal alemán para su organización. El certificado en sí llega por correo postal, el PIN de activación llega en una carta separada. Eso no es aleatorio, es parte de la autenticación.
Tramitación en la práctica: de dos a tres semanas. La mayoría de los equipos directivos subestiman este paso porque suena a algo de TI, pero depende de una entrega postal. Para cumplir el plazo de tres meses del §33 BSIG, solicite primero ELSTER y regístrese después ante el BSI.
Sin ELSTER, el acceso actualmente solo es posible en casos excepcionales, por ejemplo mediante delegación electrónica. La web del BSI documenta en detalle las vías permitidas.
Solicitud de ELSTER iniciada demasiado tarde
Las dos a tres semanas de tiempo de tramitación no se acortan si inicia la solicitud cerca del plazo. Resultado: plazo del §33 BSIG incumplido. Puede seguir una multa conforme al §65 BSIG.
Persona de contacto no actualizada
Los cambios de personal son el incumplimiento silencioso más habitual de NIS 2. Conforme al §33(5) BSIG y al Art. 27(2) NIS 2 dispone de dos semanas para actualizar los datos de registro. Si se olvida, las consultas del BSI no llegan a ningún sitio y solo lo advierte en el siguiente escalado.
Sin ensayo previo de la notificación
24 horas es poco tiempo. Abrir el portal por primera vez en medio de un incidente consume horas de las que no dispone. Recomendación: inicie sesión una vez en condiciones tranquilas, recorra la estructura, guarde los contactos, mucho antes de tener que usarlo.
- Ley sobre la Oficina Federal de Seguridad de la Información (BSIG), §§32, 33, 65, www.gesetze-im-internet.de
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS 2), Art. 23, Art. 27, www.eur-lex.europa.eu
- Mein Unternehmenskonto (certificado de organización ELSTER): mein-unternehmenskonto.de
- Web del BSI con enlace al portal: www.bsi.bund.de
Esta página ofrece una guía estructurada basada en fuentes disponibles públicamente (Directiva NIS 2, BSIG, documentación de ELSTER, publicaciones del BSI). No constituye asesoramiento jurídico en el sentido del §2 RDG. Los detalles procedimentales del portal del BSI y de la solicitud de ELSTER pueden cambiar; la documentación vigente del BSI y de ELSTER es la autoritativa. A fecha de 2026-06-04.